En Portugal, las empresas se constituyen como "Sociedades por Cuotas", lo que ofrece una flexibilidad considerable respecto al desembolso del capital social. A diferencia de España, durante la firma con el notario para la constitución de la empresa, no se establece una cantidad fija y obligatoria a depositar como capital social en ese momento. En su lugar, el capital social que se declare será el registrado por el notario en la escritura de constitución, y esta cantidad representa el compromiso de capital social jurídico y efectivo de la sociedad.
Por ejemplo, si la escritura de constitución indica un capital social de 3.000 euros o incluso 300.000 euros, la empresa dispone de un año para desembolsarlo en cuotas. Esto significa que puedes aportar 500 euros un mes, 100 euros el siguiente, 1.000 euros otro mes, y así sucesivamente, de acuerdo con tus posibilidades, hasta alcanzar la cantidad total especificada en la escritura de constitución.
Una ventaja importante de este sistema es que el capital social aportado puede ser retirado por los socios, permitiendo así una gestión más dinámica y flexible de los recursos financieros de la empresa. No se requiere que el capital social permanezca bloqueado en el banco, lo cual contrasta con las prácticas de muchos otros países, donde el capital debe mantenerse intacto y a menudo inmovilizado durante un período considerable.
Esta flexibilidad es una característica distintiva del marco empresarial portugués, diseñada para fomentar la creación y desarrollo de empresas, aliviando la carga financiera inicial y facilitando la gestión del flujo de caja.